Inicio Fútbol Internacional La injuria de Barton

La injuria de Barton

Compartir

El Comité de Competición de la Liga francesa ha sancionado con dos partidos a Joey Barton, centrocampista del Olympique de Marsella, por llamar «transexual con sobrepeso» a través de twitter a Thiago Silva, central brasileño del Paris Saint Germain.

Barton, que supera los dos millones de seguidores en su cuenta de twitter (@Joey7Barton), insultó el mes pasado a Thiago Silva, lo que generó protestas del equipo francés en el que milita éste último y la condena de asociaciones por los derechos de los homosexuales.

El ínclito centrocampista inglés ya es muy conocido por sus comportamientos antideportivos sobre el césped. Apodado como uno de los “bad boys” del fútbol inglés no ha dejado títere con cabeza y el incidente con el central brasileño ha sido uno más de su colección. Entre sus víctimas, a través de las redes sociales, cabe destacar al delantero brasileño del Santos, Neymar, del cual ha dicho que es el Justin Bieber del fútbol, indicando que brilla en You Tube, pero que en realidad es “pis de gato” (indicando, después de un partido que le enfrentó a la selección brasileña, que los cariocas “son tan mierdas como nosotros”). Otra de las dianas del francotirador inglés ha sido Beckham de quien ha señalado que es una estrella pero fuera de los campos de fútbol; también ha criticado a Carlos Tévez, del cual dijo que era un “mercenario”, e incluso fuera del mundo del fútbol ha arremetido contra Margaret Thatcher de la que llego a señalar que “si el cielo existe, esa vieja bruja no estará allí”. No contento con lo anterior, cuando era jugador del Newcastle fue sancionado por criticar al equipo de las “hurracas”, consistiendo ésta, en el pago de 168.286 euros. Pero la delincuencia de Barton llega hasta el hecho de ser encarcelado por agredir a una persona a la salida de un restaurante.

Así pues, el centrocampista del Olympique francés no es el único que ha insultado en el ámbito del futbol, porque existe una larga lista en la que destacan el insulto de Materazzi a Zidane. Aunque nadie sabe con certeza lo que le dijo el italiano, la desorbitada reacción del crack francés hace imaginarse algo muy gordo. Siempre se ha rumoreado que fue un insulto racista o dirigido hacia su familia.

Roy Keane dejó esta perla poco después de ser expulsado de la concentración irlandesa en el verano de 2002. «Tu fuiste una mierda de jugador, una mierda de entrenador. La única razón por la que he tenido relación contigo es porque, nadie sabe como, eres seleccionador de mi país y ni siquiera eres irlandés, eres inglés». Todo dirigido a McCarthy. Siguiendo con el fútbol, Giovanni Trapattoni, fue así de contundente a la hora de responder si iba a convocar o no a Di Canio con Italia: «Sólo si hay un brote de peste bubónica«. Mención aparte poseen los insultos, muy conocidos, que recibían E´too y Marcelo, a los que se les llamaba “monos” por casi todos los campos donde jugaban.

Pues bien, volviendo a la acción de Barton sobre Thiago Silva, al que llamo “transexual con sobrepeso” y por el que se le sancionó a dos partidos; debe apuntarse que en el ámbito del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol vendría  a colación del art. 72, “Participación activa o fomento de actos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes”, que preceptúa “La participación activa en actos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes o que fomenten este tipo de comportamientos en el deporte, será considerada como infracción de carácter muy grave”.

A los efectos de este artículo, se considera, en todo caso, como participación activa, la realización de declaraciones, gestos, insultos y cualquier otra conducta que impliquen una vejación a una persona o grupo de personas por razón de su origen racial o étnico, de su religión, convicciones, discapacidad, edad, sexo u orientación sexual.

Por la comisión dichas infracciones podrán imponerse las siguientes sanciones:
Inhabilitación para ocupar cargos en la organización deportiva o suspensión o privación de licencia federativa, cuando el responsable de los hechos sea una persona con licencia deportiva. La sanción se podrá imponer con carácter temporal por un período de dos a cinco años, o excepcionalmente con carácter definitivo en los supuestos de reincidencia en la comisión de infracciones muy graves.
Sanción pecuniaria para los clubes, técnicos , futbolistas, árbitros y directivos en el marco de las competiciones profesionales, de 18.001 a 90.000 euros.
Sanción pecuniaria para los clubes, técnicos, futbolistas, árbitros y directivos en el marco del resto de competiciones, de 6.001 a 18.000 euros.

No obstante, desde el punto de vista del Derecho penal, aquí, en el ámbito de los insultos, lo que se protege es el honor de Thiago Silva, por lo que nos encontramos ante un delito de injurias del arts. 208 a 210 y 620.2º del CP. Hay que decir que la injuria es toda acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Para que se observe la falta o el delito de injurias es necesario que se perciba tanto un elemento objetivo, constituido por actos o expresiones que tengan la suficiente carga ofensiva como para lesionar la dignidad de una persona, menoscabando su fama y atentando contra su propia estimación; por otro lado, uno subjetivo, lo que en terminología jurídico-penal se llama el animus iniurandi, o sea, el ánimo de injuriar con intención; de esta forma, la jurisprudencia viene señalando que este ánimo aparece cuando las frases o insultos empleados revisten en sí mismos, transcendencia difamatoria. El delito de injurias graves lo constituyen aquellas conductas cargadas de manifestaciones o acciones realizadas en deshonra o descrédito de las personas que pueda afectar la fama, crédito o interés del agraviado. También puede considerarse grave si se trata de juicios de valor u opinión que se realicen a través de expresiones o gestos, o sea, por la forma y por el contexto de las imputaciones, es decir cuando se vaya a emplear un insulto o groserías infamantes.

Por todo lo anterior, el insulto que ha recibido el central del París Saint Germain, puede calificarse de injuria grave y como tal puede ser castigado con la pena de multa de 6 a 14 meses y ello porque el propio Código Penal distingue si dicha injuria se ha realizado con o sin publicidad (pena de multa de 3 a seis meses). La publicidad queda clara en el asunto de Barton por cuanto la injuria ha sido realizada a través de twitter y eso es “con publicidad”. Por tanto, la pena a imponer sería la de  multa de seis a catorce meses.

Una vez más,  la realidad del Derecho debe imbuirse en el ámbito deportivo. No hacerlo así, significa dar la espalda a una realidad que acontece, una súper protección del “deportista delincuente” que la sociedad vigente y los valores deportivos no se merecen…